miércoles, 8 de julio de 2009

El Paraguay en 1840. El gobernante. Las instituciones.

EL PARAGUAY EN 1840
Complejos y acumulados problemas se planteaban a la consideración de los sucesores inmediatos del Dr. Francia. Ardua tarea les correspondería desarrollar en los órdenes interno e internacional.
Los nuevos gobernantes tendrían que establecer íntegro el ordenamiento legal y administrativo propio de un estado soberano, y que en esta materia, según hemos visto, poco se había innovado desde los días de la Independencia. Los crecientes riesgos externos les obligarían a montar y organizar un ejército completamente nuevo, pues se carecía virtualmente de cuadros de oficiales y el armamento era casi el mismo que a fuera considerado viejo en 1811. Faltaba personal idóneo para la administración, la judicatura, la diplomacia y la vida política en general, porque la generación directiva de la época emancipadora había desaparecido sin que hubieran podido formarse los hombres destinados a cubrir los claros que se iban produciendo. Había que recuperar los mercados tradicionales de la producción paraguaya, perdidos durante la clausura de las fronteras, o ganar otros, nuevos. Una economía que había que había retornado a la etapa doméstica debía ser transformada, para adecuarla a las condicionar y características de la competencia internacional y a las necesidades de una sociedad que en lo sucesivo alternaría como igual con los demás estados americanos.

Todo lo reseñado debía llevarse a cabo con premura y sin errores de consideración, pues estaba en juego el futuro del Paraguay, porque las fuerzas actuantes en la política de la Cuenca del Plata exigían una conducción hábil, una organización eficiente y el respaldo de la fuerza material.
Agudizaba el problema general una situación en verdad infortunada: desde 1835, Juan Manuel de Rosas venía imponiendo de modo cada vez más acentuado su hegemonía a toda la Confederación Argentina, con la mira puesta en la reconstrucción del extinguido Virreinato del Río de la Plata. Precisamente cuando el Paraguay, rectificando la conducto del cuarto de siglo anterior se aprestaba a una participación activa en la vida política, económica y cultural de América, el gobernador de Buenos Aires, desconociendo su Independencia ratificada por el Congreso del 25 de noviembre dé 1842, le sometía a nuevo aislamiento, desde 1844, bloqueaba su comercio fluvial y terrestre y amagaba una invasión.
Dos gobiernos provisionales se sucedieron en el semestre inmediato a la muerte del Supremo Dictador. Integrado el primero por los comandantes de los cuarteles y asesorado inicialmente por Policarpo Patiño, fue derrocado por el sargento Romualdo Duré y el subteniente Mariano Roque Alonso. En sustitucióndel mismo, se estableció otro, de hombres de derecho, formado por Juan José Medina, José Gabriel Benítez y José Domingo Campos, que antes de transcurrido un mes resultarla también depuesto por el referido subteniente Alonso.
Instaurada en febrero de 1841 la Comandancia General de Armas, a cargo del propio Alonso, comienzan veintiún años de creciente preponderancia de Carlos Antonio López (1792- 1862) en el manejo de los intereses del Paraguay.
Desde ese mismo año, hasta su muerte acaecida el 10 de septiembre de 1862, primero como Secretario de la Comandancia General de Armas, luego como Cónsul de la República (1841-1844) y finalmente por espacio de dieciocho años (1844- 1862) en carácter de Presidente de la República, López tuvo a su cargo el gobierno del Paraguay. Lo ejerció sin limitaciones ni controles efectivos, pero con el ánimo dispuesto siempre para el progreso material y espiritual de la patria, buscando en todo momento mejorar el orden de cosas imperante y asegurar la supervivencia del Paraguay como estado soberano. En esos veintiún años se echaron las bases jurídicas, administrativas y económicas del Estado Paraguayo.

EL GOBERNANTE
Capital para el conocimiento de este fecundo período es dar noticia, siquiera breve, de la personalidad de D. Carlos Antonio López.
Alumno del Real Colegio Seminario de San Carlos, alcanzó allí el grado de Maestro en Artes y tuvo a su cargo en el mismo las cátedras de Filosofía y de Vísperas, hasta la clausura de la institución. Luego de unos años de ejercicio de la abogacía y ya casado con doña Juana Pabla Carrillo, de esclarecido linaje, se retira al campo a formar una regular fortuna y a leer los pocos libros que podía obtener.
Ilustrado por el estudio y la reflexión, se hizo presente en la capital en las semanas iniciales de 1841 y se vinculó con el subteniente Mariano Roque Alonso, ya mencionado. Al asumir éste el gobierno con título de Comandante General de Armas, como hemos visto, lo designó su Secretario, desempeñándose López como asesor y orientador político de la nueva autoridad. En marzo del mismo año, un Congreso confió a ambos el poder con título de Cónsules de la República y tres años más tarde, otro Congreso aprobaba un proyecto de Constitución preparado por López y elegía a éste Presidente de la República por diez años, mandato que le sería sucesivamente renovado por Congresos reunidos en 1854 y 1857.
Con sus actos y sus manifestaciones, demostró López ser un completo y grande estadista. La magnitud de su obra en lo político, económico, social y espiritual, escapa a una síntesis de la naturaleza de l presente.
Su gobierno fue personal y su poder, como hecho dicho antes, prácticamente ilimitado. Pero lo usó fundamentalmente para beneficio del Paraguay. Sus colaboradores eran principalmente ejecutores de órdenes y, con la sola posible excepción de Gelly y más tarde de su hijo Francisco Solano, les estaba vedado expresar disentimiento o aconsejar. Halla tal sistema su explicación en la carencia de equipo directivo, ya señalada.
Debe hacerse notar, por otra parte que el Presidente López fue montando, gradual e ininterrumpidamente, la estructura del Estado y que, como veremos más detenidamente al ocuparnos de la instrucción pública, no escatimó esfuerzos para la formación de una juventud apta para la dirección política y cultural de la sociedad.
D. Carlos Antonio López ha dejado expreso su pensamiento en sus “Mensajes” dirigidos a los sucesivos Congresos Nacionales, reeditados en volumen durante la presidencia de José P, Guggiari, en los artículos principales de “El Paraguayo Independiente”, que ha tenido das reediciones, y del “Semanario” y en la correspondencia diplomática, toda ella redactada o rigurosamente controlada por él. La parte histórica de sus escritos ha sido recogida en libro, con el título de “La emancipación paraguaya”, por J. Natalicio González.

LAS INSTITUCIONES
La formulación del ordenamiento jurídico de la sociedad paraguaya, con la consiguiente superación de las estructuras administrativas coloniales, se debe a Don Carlos Antonio López Obra suya es la Constitución de 1844, aprobada en marzo de ese año por un Congreso Nacional con el nombre Ley que establece la administración política de la República del Paraguay.
La ley fundamental de 1844 no reúne las características generales de las constituciones más adelantadas de su tiempo: falta en ella la especificación de derechos y garantías, no se encuentra una declaración de los fines del Estado, la separación de poderes resulta de hecho inexistente por la abrumadora primacía del Ejecutivo, cuyas atribuciones y limitaciones no se expresan con claridad. Sin embargo, debe ser la misma considerada como el punto de partida de un proceso de evolución institucional, admitiendo que sus imperfecciones habrían de ser presumiblemente superadas por ulteriores reformas.
Un Presidente de la República, paraguayo, de fuero civil y de cuarenta y cinco años cumplidos, designado por el Congreso y reelegible por períodos de diez años, constituía la principal autoridad. Habría ministros si él lo consideraba ‘necesario y en el número y con las atribuciones que les fijara el mismo. Era de su potestad autorizar el funcionamiento de imprentas y no se admitía la libertad de cultos. Los grados militares no lo eran en propiedad. La ausencia de un cuerpo legislativo permanente daba aun mayor amplitud al poder presidencial.
Como contrapartida, señalemos que no se admitían en el Paraguay ni la vigencia de leyes extranjeras, ni la jurisdicción de tribunales que no fueran los de esta República.
El Congreso, de doscientos diputados propietarios, se reuniría cada cinco años. Tan espaciada periodicidad con la correspondiente renovación del cuerpo para cada oportunidad reducía a grado mínimo sus posibilidades de erigirse en poder co-gobernante.
Se reunieron Congresos, ordinarias y extraordinarios, en 1841, 142 1844, 1849, 1854, 1856 y 1857, en vida don Carlos; y en 1862, a su muerte. Entre los más importantes, conviene recordar el de noviembre de 1842, de cuatrocientos diputados, que el 25 de ese mes aprobó el Acta de la Independencia, ratificó la soberanía del Paraguay y proclamó que éste no sería nunca patrimonio de persona ni de familia alguna. En sus reuniones de los días subsiguientes, dispuso la extinción de las reducciones de indios y la concesión de la ciudadanía y sus habitante, así como también la libertad de vientres, encaminada a la gradual supresión de la esclavitud. En la misma oportunidad, se adoptaron la bandera y el escudo definitivos de la República.
El Congreso de 1844 aprobó la carta fundamental ya citada, y el de 1856 la modificó en el sentido de franquear a los militares el acceso a la Presidencia de la República y de reducir a treinta años la edad mínima ‘para dicho ‘cargo, al tiempo que disminuía a cien el número de diputados.
Por el Estatuto de la Administración de Justicia dictado en 184, un Juez Superior de Apelaciones entendía en grado de alzada en lo esos sometidos a los Jueces de la 1a. Instancia y además de éstos, había Jueces de Paz en las villas y partidos del interior y en las parroquias de la capital. No obstante, las autoridades judiciales se hallaban sometidas al Presidente de la República, a quien se reservaba el conocimiento de diversas cuestiones que hoy son de exclusiva competencia de aquellas.
En materia de Derecho Privado, seguía en vigencia la legislación española, con algunas innovaciones, y en el orden militar, las Ordenanzas de esa procedencia.

Bibliografía
Efraín Cardozo, “Paraguay Independiente”
Justo Pastor Benítez, “Carlos Antonio López”

2 comentarios:

La Constitución de 1940.

Se busca normalizar al país Después de la liquidación definitiva del pleito del Chaco volvieron a aflorar las inquietudes políticas y socia...